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Detalles del procedimiento: LICENCIA DE OBRA MENOR EN SUELO PÚBLICO

Detalles del procedimiento: LICENCIA DE OBRA MENOR EN SUELO PÚBLICO
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Descripción

La Licencia Urbanística de Obra Menor es un acto reglado de la Administración municipal por el cual se autoriza a las personas (físicas o jurídicas) solícitamente a la realización de obras de edificación de nueva planta de  escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta; de obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que no alteren la configuración arquitectónica de edificios ya construidos; obras de demolición total o parcial de edificios que no estén catalogados con protección integral o estructural; la ejecución de obras puntuales o auxiliares a la urbanización (como apertura de calas, realización de canalizaciones para redes de servicios o la construcción de pasos de carruaje, vados y barbacanas de acceso de vehículos a parcelas y edificios); y otras actuaciones urbanísticas que tengan limitada incidencia en el entorno (como cerramiento y vallado de solares y parcelas sin edificar, construcción de piscinas exteriores, instalación de toldos y pérgolas, implantación de casetas prefabricadas, agrupación o división de viviendas y locales; actuaciones provisionales como la instalación de carpas, andamios, grúas o maquinaria y otros medios auxiliares para la ejecución de obras).

Plazos

Las obras menores no podrán iniciarse hasta que los Servicios Técnicos Municipales emitirá informe técnico de conformidad o disconformidad que supondrá automáticamente la concesión de licencia urbanística de obra menor provisional o en su caso denegación de la misma. Una vez finalizadas las obras el titular deberá presentar el certificado de fin de obra  suscrito por la dirección facultativa de las mismas y tras la vista de comprobación final en el plazo máximo de un mes se adoptará, en su caso, la resolución de otorgamiento de la licencia definitiva.

Normativa aplicación

Ordenanza de Tramitación de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (Ordenanza Fiscal número 4) del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos (Ordenanza Fiscal número 15) del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

  • Ley 7/85, 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Ley 58/2003 General Tributaria y sus reglamentos de desarrollo.
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y determinados servicios.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Jurídico del Sector Público.
  • Real Decreto Ley 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
  • Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid.


DOCUMENTACIÓN A APORTAR 

Documentación general (Solicitudes con proyecto técnico) 
  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Justificante de abono de tributos municipales. 
  • Un (1) ejemplar en soporte impreso y un (1) ejemplar en soporte electrónico con formato pdf. dwg o dxf, del proyecto técnico con el contenido mínimo indicado en el apartado 3 del Anexo I de la Ordenanza de Tramitación de Licencias Urbanísticas Fuenlabrada, firmado por técnico/a competente. 
  • Hojas de encargo o nombramientos de la dirección de obra del técnico competente. 
  • Declaración del técnico/a autor/a del proyecto técnico de la conformidad de lo proyectado con la ordenación urbanística aplicable.
  • Certificado de viabilidad geométrica del proyecto técnico suscrito por el autor/a del mismo.
  • Declaración del solicitante de su compromiso de colocación en el lugar donde se vayan a ejecutar las obras de cartel anunciando la licencia de obra y las características de las mismas.
  • Un (1) ejemplar del Estudio de seguridad y salud o en su caso del Estudio básico de seguridad y salud, firmado por el técnico/a competente. 
Documentación general (Solicitudes con documentación técnica)
  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado. 
  • Justificante de abono de los tributos municipales.
  • Un (1) ejemplar de la documentación técnica, realizada por técnico/a competente, con el contenido mínimo siguiente: 
    • Memoria descriptiva, constructiva y justificativa del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación y del resto de disposiciones legales de obligado cumplimiento.
    • Plano de situación donde se defina la ubicación de la obra a realizar.
    • Planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida. En caso de actuación sobre edificación existente, planos de estado actual y estado reformado.
    • Mediciones y presupuesto detallado.
  • Declaración del técnico/a autor/a del proyecto técnico de la conformidad de lo proyectado con la ordenación urbanística aplicable.
  • Declaración del solicitante de su compromiso de colocación en el lugar donde se vayan a ejecutar las obras de cartel anunciando la licencia de obra y las características de las mismas. 
Documentación complementaria
  • En el caso de obras en las que se empleen andamios, plataformas elevadoras, procedimientos de descuelgue vertical o similares, la hoja de encargo de la dirección facultativa del montaje y desmontaje suscrita por técnico/a competente, o justificante de la asunción de la misma por la dirección de la obra.
  • En obras exteriores que afecten a la totalidad o parte fachada de un edificio, descripción fotográfica en color de toda la fachada o la zona afectada por las obras. 
  • En obras realizadas sobre edificaciones o locales existentes, fotografías en color del estado actual.
  • Copia de la declaración ambiental favorable del órgano ambiental correspondiente cuando la actividad a la que se van a servir las obras o estas mismas estén sujetas a evaluación ambiental, de conformidad con la Ley 21/2013. de evaluación ambiental.
  • En obras que no precisan presentación de proyecto técnico, estimación de la cantidad o el tipo de residuos de construcción y demolición a generar, así como el destino previsto para los mismos.
  • Cuando la obra suponga aumento de la superficie edificada respecto de la existente, impreso 902 relativo a la declaración catastral de ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles.
Documentación específica
  • Si las obras consisten en la ejecución, de cerramientos o vallados de solares y parcelas se aportará memoria descriptiva, planos de emplazamiento indicando la situación del cerramiento en la finca, de alzado y sección acotados:  presupuesto y alineación oficial en caso de nuevos cerramientos.
  • Para la instalación de grúas, se aportará el proyecto de implantación de grúa torre, firmado por técnico/a competente, la dirección facultativa de la instalación de la grúa, copia del registro de la instalación ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
  • En obras que afecten a la fachada e instalaciones comunes de un edificio, "estudio y valoración con dirección de obra", realizado por técnico/a competente. (Incluirá obra y andamios).


Teléfono de atención a la ciudadanía:

916497000

Dirección:

Plaza de la Constitución, 1. 28943 FUENLABRADA (MADRID).

Horario de atención presencial:

Horario de Registro: Mañanas de lunes a viernes de 08.30 a 13.30 h. Tardes de lunes a viernes de 16.30 a 19.00 h.

Horario de atención por los Servicios Técnicos Municipales: martes y jueves de 11:00 a 13:00 horas.

Costes:

Los costes son los correspondientes a las tasas aprobadas en las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Ordenanza fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO). Ordenanza fiscal nº 15 Reguladora de las Tasas por prestación de servicios urbanísticos. 

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